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Tema cerrado Caminera Entre Rios   Pag   < 1 2 RESPONDER

GAVILAN
25 Jul 2012   Gracias (0) (0)

Claudio.

Me olvidaba, cuando queres volver del gutierrez para Bs As los lugareños no dan la vuelta hasta la caminera, a la altura del puesto de quesos hay una huella que une ambos carriles. Pero OJOOO que es peligroso incorporarse a la autopista, ya que la misma esta sobre el badén de cruce. Mira que no me quiero sentir culpable por la recomendación JAJA!  SUERTE 

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PabloC
25 Jul 2012   Gracias (0) (0)
Como te dice Gavilan te puede abrir las heladerias y requisar yo lo vi te abren todo. y mejor que no te encuentren nada a menos que traigas el permiso de pesca y los pescados den la medida.
Yo por las dudas nunca traigo pescado. va si lo hago a la parrila y lo traigo en el estomago.
El permiso se saca o se sacaba al lado de la caminera donde hay un puesto de Fauna. Alguien sabe si sigue estando ahi?? gracias.


Saludos
Pablo.

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caresc
25 Jul 2012   Gracias (0) (0)

Gracias por avisarme lo del camping TYPHOON1 ,una lastima que este cerrado.
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eduardo
25 Jul 2012   Gracias (0) (0)
PABLOC,

tengo entendido que la oficina de Fauna queda exactamente al lado del puesto de la Policia caminera, tal como mencionas.
Tambien se puede gestionar la licencia de pesca en la Casa de la provincia de Entre Rios en Capital Federal,
sita en Av. Santa Fe 844, CABA
Tel. 4328 - 5985 // 4312 - 3697
mail: casadeentrerios@entrerios.gov.ar


Saludos
eduardo
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typhoon1
25 Jul 2012   Gracias (0) (0)

Gracias por avisarme lo del camping TYPHOON1 ,una lastima que este cerrado.

Caresc, a no bajar los brazos, se puede tambien ver de embracar por el embarcadero /gurderia que esta mas adelante o por la prefectura.

Tambein en el embarcadero creo que te llevan a pescar en algun lugar fijo. Seria para preguntar, pero me imagino que no habria problema en que te remolque algunn trecho y puedas garetear luego desde ahi, lo qe no es mala idea tampoco!!!

Saludos

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jorge-mdq
26 Jul 2012   Gracias (0) (0)

Eduardo escribio :

E.A.C.

este tema ya fue ampliamente debatido en este foro y se puede encontrar mediante el Buscador todo lo que se ha dicho al respecto en el momento oportuno, el articulo que subiste pertenece a la Direccion Nacional de Vialidad y lo que tiene el mayor valor y aplicacion es la prevalencia de la Ley Nacional de Transito Nro 24,449 ningun otro decreto Provincial, ni Regla de Transito Municipal, ni este Reglamentacion de Vialidad Nacional NO PUEDEN ESTAR NUNCA POR ARRIBA DE UNA LEY NACIONAL.
Tal es asi que si te fijas en los primeros parrafos dice textualmente : " Nuestra intención no es llenarlo de información sino brindarle un compendio resumido y claro. Si necesita una información más específica deberá hacernos la consulta o asesorarse estudiando la Ley 24449, el Decreto 779/95, el Decreto 79/98 o normas específicas." con eso esta muy claro que lo que determina todo es la Ley Nacional 24,449 , y alli esta perfectamente definido que NO SE PERMITEN CARGAS INDIVISAS QUE SUPEREN LA LINEA DE PARAGOLPES "ORIGINALES" DEL VEHICULO, y pongo "ORIGINALES" entre parentesis porque en otro articulo tambien aclara que no se aceptaran modificaciones que alteren las medidas del largo total del vehiculo tal como sale de fabrica, es decir que ya hubo quienes pensaron en extender los soportes de los paragolpes traseros, pero ello no tiene valor legal, y tambien siempre hay que tener en cuenta que como argentinos que somos, con seguridad siempre se nos va a ocurrir alguna genialidad, pero OJO, porque despues en el caso de un accidente el seguro se agarra de todo lo que pueda para no hacerse responsable del mismo y evitar pagar la indemnizacion que corresponda, asi que guarda con hacer modificaciones que no esten autorizadas por la ley, lo mismo pasa si el kayak se vuela y causa destrozos en otro automovil, EL SEGURO NO SE HACE CARGO de lo que pueda ocasionar un kayak llevado en el portaequipajes, de ahi que toda nuestra responsabilidad en el transporte de un kayak TIENE QUE SER LA MAXIMA, para evitar tener un dolor de cabeza que puede llegar a ser muy grande.

BERNI,

Con respecto a horarios, diurnos o nocturnos, para transportar el kayak, por el momento NO EXISTE NINGUNA RESTRICCION.

Para consultar la Ley Nacional de Transito Nro 24,449 entrar aqui :  

http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/818/texact.htm




   
eduardo 24/07/12



Hola muchachos , primero E.A.C gracias por traernos esta informacion , Eduardo es correcto lo que señalas pero con esto, creo, se nos abre una posibilidad de por lo menos discutir una posible multa ante el juez , si gestionamos un permiso ante la propia Direccion Nacional de  Vialidad , despues si nos hacen una multa que seguramente depende del Animus de recaudar del funcionario que nos toque en suerte la vamos a poder pelear con bastante fundamento amparados en el permiso que nos otorgaron ...
Hay que averiguar mas de este permiso y como gestionarlo ...
tal vez sea la manera que tuvieron de atenuar los efectos de esta ley y de paso seguramente para que te den el permiso recaudar ...

Saludos Jorge
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eduardo
26 Jul 2012   Gracias (0) (0)
Me parece perfecta tu mocion Jorge, y me comprometo a ir personalmente a averiguar en la direccion de la Ciudad Autonoma de Bs As que figura en el listado de Oficinas donde brindan Asesoramiento sobre este particular, sita en Av Julio A. Roca 738 - 9º Piso - Tel. 4343 - 8522/29 int. 1905
Hay varias oficinas mas por el resto del pais, las cuales pueden verse aqui:

http://www.vialidad.gov.ar/transporte_cargas/direcciones_permisos.php

Ni bien cuente con informacion concreta y de primera mano la subo al foro en este posteo.

Saludos y gracias Jorge por la sugerencia
eduardo


 
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jorge-mdq
26 Jul 2012   Gracias (0) (0)
Grande Eduardo !!! , yo estoy averiguando aca en Mar del Plata , no figura en el listado pero es una ciudad grande .... la duda que tengo averiguando un poco mas , me baje el art reglamentario que se menciona , y parece que cuando habla de vehiculos " convencionales " no se refiere a automoviles particulares como pense al principio al leer " convencionales"  sino a camiones , pareceria que esto esta orientado a vehiculos de carga .... aun asi es una puerta que se habre , yo por lo pronto me compre un kayak cortado en tres justamente para viajar tranquilo a las travesias ....
Saludos Jorge
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rex551
27 Jul 2012   Gracias (0) (0)
Mi experiencia indica que si te quieren romper el bolsillo lo hacen, tal vez te paren por el kayak y te terminan sacando guita o haciendote una multa por no tener las bolsas muortorias, si si leyeron bien tienen que llevar bolsas muortorias o una sabana blanca, por si en caso de accidente hubiese uno o varios obsisos deben cubrirse con esto, puede sonar a locura pero en realidad es una ley de transito.-
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jordy
28 Jul 2012   Gracias (0) (0)

Rex,  coincido totalmente. Parece que en Bs As se han puesto las pilas para recaudar. Miércoles pasado: R36, vieytes..  

Secuencia, me detienen para control.

1 Cedula verde y 2 Registro  Titular  __> OK

3 Seguro __> OK    4  VTV __> Ok (recién hecho)

5 Baliza __> OK   6- Matafuegos en el habitáculo __> OK   Oblea de matafuegos: En carga indicador OK, pero oblea vencida.

Listo sale acta por $ 165.. Irrefutable.  Lo más cómico es que VTV te solicita el matafuegos, no asi las obleas, ni lo observaron ni me dijeron.

Sino paraba ahi la cosa, seguro seguía: bolsas mortuorias, sabanas, chaleco reflectivo, eslinga de remolque, botiquin de 1ros auxilios y todo el check list completo.

Por eso, más allá de como transportes el kayak si la intensión es generar $$,, por algun lado te podrán entrar. En cuanto al kayak, tomar extremas medidas de seguridad y ser super concientes. Barras porta equip vinculadas a carrocería, kayak boca abajo, ataduras con lingas ajustables, cabo de proa, banderín posterior y si es posible cunas metálicas.

 

SDS. Jorge.

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